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Puedes ingresar tus donativos en esta cuenta bancaria:
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¿Sabes que tu aportación a la Fundación Miguel Ángel Elosúa Rojo tiene hasta un 80% de deducción fiscal?

Conoce las nuevas ventajas fiscales de tu ayuda

Para la obtención del certificado de donación es imprescindible haber facilitado a la Fundación los datos fiscales, nombre completo, NIF y provincia de residencia.

Para facilitar los datos para la desgravación fiscal, te rogamos cumplimentes el siguiente formulario.

Ventajas fiscales

Si realizas un donativo a la FUNDACIÓN MIGUEL ÁNGEL ELOSÚA ROJO te informamos de que puedes deducirte estas donaciones de tu declaración de la renta.

El Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre publicado en el BOE de 23 de diciembre de 2023, incluye una modificación del artículo 19 de la Ley 49/2002 que, en el caso de las personas físicas, incrementa del 35% al 40% el porcentaje de deducción aplicable con carácter general.

Además, se amplía la cuantía del micromecenazgo de 150€ a 250€, por lo que se incentiva la generación de este tipo de donativos, ya que esa ampliación de la cuantía permite aplicar el porcentaje del 80% a una mayor cantidad de donativos.

En el caso de personas jurídicas también se incrementa el porcentaje de deducción que pasa del 35% al 40%. La base de esta deducción no podrá exceder del 15 % de la base imponible del período impositivo, frente al 10% anterior. Las cantidades que excedan de este límite se podrán aplicar en los períodos impositivos que concluyan en los diez años inmediatos y sucesivos

A continuación te informamos de cómo serán las deducciones aplicables en 2024.

 

Deducciones por donación 2024

Recuerda que para que podamos informar a la Agencia Tributaria del importe de tus donativos es imprescindible que nos facilites tu DNI o NIF.

Solicitud de certificado de desgravación fiscal